
Artículos Académicos
Bienvenidos a la sección de Artículos Académicos. Aquí, encontrarás una colección de mis investigaciones y escritos académicos en economía y libre mercado. Estos documentos representan años de investigación y análisis crítico en temas económicos clave. Cada artículo ofrece una visión informada y rigurosa sobre cuestiones contemporáneas.
Si tienes preguntas o deseas discutir estos temas, no dudes en contactarme. Mi objetivo es promover la comprensión y el conocimiento en el campo económico.
Reforma de la fiscalidad de las sucesiones en España: tratamiento de las adquisiciones por no residentes.
RESUMEN: La reciente reforma de los principales impuestos configuradores del Sistema Fiscal español ha puesto de manifiesto la necesidad de introducir una leve modificación en la tributación de las transmisiones lucrativas mortis causa o inter vivos realizadas entre personas no residentes en territorio español. Más concretamente, la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 3 de septiembre de 2014, se pronunció en favor de la libre circulación de capitales en los casos de transmisiones gratuitas entre personas no residentes en España o en favor de estas, de manera que el lugar de residencia no provocara agravios comparativos en la aplicación de las reducciones de las normativas de las Comunidades Autónomas de referencia, cuando las trasmisiones se realizan entre personas residentes en España. Por otra parte, recientemente, la doctrina del Tribunal Supremo ha creado jurisprudencia al inclinarse por la procedencia de modificación o extinción de la pensión compensatoria en favor del cónyuge como consecuencia de la alteración de su capacidad económica derivada de la percepción de una herencia. En particular, estima que el fallecimiento de la causante constituye una causa sobrevenida imposible de prever y, menos aún, de valorar en el momento de la determinación de la pensión compensatoria.
Principales reformas fiscales y financieras en España entre 1808 y 1964.
RESUMEN: La historia de la Hacienda Pública española coincide con el devenir del déficit y la deuda pública española, pues la mayoría de las reformas fiscales tenían el mismo denominador común. Los déficits públicos recurrentes, que se transformaban en estructurales, sólo se paliaban con mayores niveles de deuda pública, ya que los ingresos conseguidos con las sucesivas reformas fiscales eran insuficientes para financiar los crecientes niveles de gasto público, motivados por muy diferentes motivos; extraordinarios, como las diversas guerras, o gastos recurrentes que nunca se reducían.
Mecanismos preventivos de planificación fiscal, transposición de la Directiva DAC6 y secreto profesional.
RESUMEN: La transposición de la sexta versión de la Directiva comunitaria que insta a los Estados miembro a facilitar información de los mecanismos transfronterizos de planificación fiscal agresiva se ha realizado en cada uno de los países en momentos diferentes entrañando dificultades muy diversas.
En el caso español la adaptación de la normativa interna a la Directiva ha puesto en primera línea del debate doctrinal cuál es el límite al secreto profesional por parte de los asesores fiscales, de manera que sean compatibles la obligación de transmisión de información, con el sigilo impuesto por su código de comportamiento. Para conocer estas obligaciones, el intermediario fiscal deberá aclarar, conocer y exponer su grado de participación en la redacción del mecanismo susceptible de comunicación.
La existencia de mecanismos de planificación fiscal agresiva no sólo erosiona las bases imponibles declaradas en los países, sino que evidencia la necesidad de actualizar las listas de territorios no colaborativos y, en el ámbito nacional señala a los códigos de buenas prácticas, como un mecanismo de colaboración con las Administraciones públicas de gran transcendencia como elemento complementario.
Competencia fiscal perjudicial y determinación del establecimiento permanente.
RESUMEN: La aplicación del artículo 5 del Modelo de Convenio OCDE sobre la determinación del establecimiento permanente como lugar fijo de negocios, mediante el cual una empresa realiza toda o parte de su actividad, no es tarea fácil de aplicar, especialmente en el caso de empresas multinacionales.
Los criterios de «sede de dirección efectiva» o «lugar de negocios» no pueden considerarse como exclusivos para la calificación de las sedes de dirección, sucursales, oficinas, fábricas, talleres o minas como establecimientos permanentes, sin perjuicio de lo dispuesto en los Convenios de Doble Imposición suscritos por los correspondientes países.
El análisis de la Acción 7 BEPS relativa a la definición del establecimiento permanente, junto con la aplicación de la Acción 5, que pretenden poner de manifiesto cuáles son las prácticas perjudiciales, pueden dar una idea de cuál es la definición del establecimiento permanente para que no sea objeto de una planificación fiscal perjudicial.
Algunos de los principios básicos para evitar la aplicación de regímenes preferenciales que permitan la erosión de las bases imponibles son: coherencia, sustancia y transparencia, y todos ellos rigen en cada una de las Acciones BEPS aplicadas.